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Locales

El debate por el voto joven en Santa Fe

La provincia es la única del país donde los que tienen 16 y 17 años pueden elegir Presidente, pero no votar a Gobernador. Hace algunos días, una decisión del Tribunal Electoral habilitó que se los incluya este año, pero ahora fue impugnada.

El voto optativo de los jóvenes de 16 y 17 años está en el centro del debate. Unos 82.400 serían los menores de 18, que engrosarían en un 3% los padrones. Si bien muchos están de acuerdo con que los adolescentes tengan la posibilidad de participar, la duda surge sobre la forma y los tiempos que se plantearon en la Provincia. El debate está abierto. Los especialistas argumentan que para que ocurra, debería reformarse la Constitución Provincial (la última reforma fue en 1962). Es que en su artículo 29, la Carta Magna santafesina es clara: "son electores todos los ciudadanos, hombres y mujeres, que hayan alcanzado la edad de diez y ocho años..."

Lo concreto es que en las últimas semanas, una resolución del Tribunal Electoral de la Provincia había dado lugar a un pedido presentado por los diputados Rubén Giustiniani y Agustina Donnet para que se "amplíen los derechos de los jóvenes" y puedan optar por votar. Esta quedó sin efecto por un recurso de impugnación que presentaron en las últimas horas el partido "País" y el Frente "Primero Santa Fe". Lo más probable es que esto llegue a la Corte provincial, Y no hay más de dos semanas para que esto se resuelva (se deben imprimir padrones definitivos).

Hasta hoy, de manera optativa los jóvenes santafesinos pueden elegir Presidente, Vice y legisladores nacionales. Esto a través de la Ley Nacional de Ciudadanía de 2012 (26772). Pero no pueden votar a Gobernador, diputados y senadores provinciales, intendentes, concejales ni presidentes comunales. Todas las provincias -menos Sant Fe- adhirieron a esa ley por lo que los jóvenes de los demás distritos están habilitados a votar en cargos provinciales y locales.

En declaraciones periodísticas, Ruben Giustiniani resaltó que el Tribunal Electoral (encabezado por el Dr. Daniel Erbetta, presidente de la Corte Suprema santafesina) "luego de una sólida argumentación jurídica del procurador Jorge Iparraguirre", había dado lugar al pedido presentado por él y Donnet.

Con respecto al pedido de reconsideración presentado en las últimas horas, Giustiniani resaltó que "el Tribunal evaluará este pedido de reconsideración".

Para el legislador es una "contradicción" el hecho de que los jóvenes puedan votar las instancias nacionales y no las provinciales: "Pueden votar un proyecto de país pero no un proyecto de cómo se arregla el barrio, la limpieza de una ciudad. Pueden votar a Presidente y no a concejal". El Diputado resaltó que han recibido "muchísimas comunicaciones a través de las redes sociales" y que "hay una amplia mayoría que tiene deseo de votar". También brindó un "dato contundente: desde que empezó el voto joven en 2012, fue creciendo. Recordemos que es un voto optativo. De un 13% hasta casi un 60% de participación, a pesar de no ser obligatorio".

Rubén Giutiniani habló de su posición sobre el voto joven en la provincia.
Rubén Giutiniani habló de su posición sobre el voto joven en la provincia.

Lo que dice un especialista

Oscar Blando es doctor en Derecho, profesor (grado y posgrado) en Derecho Político, Constitucional y Parlamentario. Director de la Diplomatura de Derecho Electoral y Político. Fue director de la Reforma Politica y Constistucional durante la gestión de Miguel Lifschitz. En diálogo con diario CASTELLANOS, aclaró en primer lugar: "El voto joven, la ampliación de derechos, ha sido de mi parte siempre favorable desde antes de la ley 26 774" de 2012. "Tuve una postura (ver mi artículo 'El Voto de los Niños') siempre favorable. Cuando estuve en la función pública durante el Gobierno de Miguel Lifschitz queríamos modificar el artículo 29".

Dicho esto, destacó que está en desacuerdo en el procedimiento: "lLa vía es la que siempre planteamos: la Reforma Constitucional. La alternativa de presentar una nota (porque no es una acción judicial) sosteniendo que había una discriminación y pidiendo al Tribunal que incluyera en el Padrón a los jóvenes a partir de los 16 años, no es viable. El Tribunal Electoral no tiene la facultad de ampliar el cuerpo electoral. No está en sus atribuciones. Anteriormente ya el mismo organismo había planteado: este no es un órgano judicial, es administrativo. No puede declarar inconstitucional una ley, menos una Constitución. Más allá de que el procurador argumente que no ha habido una reforma sino una ampliación de derechos, evidentemente el artículo 29, nos guste o no, establece el límite de los 18". Ante la posibilidad de que desde la Legislatura se sancione una ley, Blando fue claro: "Una ley tampoco puede modificar una Constitución. Tendría que existir un acuerdo general entre el orden político, Legislativo, Ejecutivo que permita esto. Evidentemente esto no ocurre".

Blando recordó que las demás provincias adhirieron a la Ley Nacional del Voto Joven "a través de una ley. No tenían el problema del artículo 29. Ninguna lo hizo por una nota al organismo electoral provincial". De esta manera, "se le sustrae facultades a la Legislatura. No sólo de sancionar una ley sino la posibilidad de Reforma Constitucional: la Legislatura, con los dos tercios de ambas cámaras, es la que plantea la ley de necesidad de reformar".

El tema no está cerrado. "La inoportunidad del momento es otro tema. El cronograma electoral ya está determinado, se presentaron las alianzas, los precandidatos. Hay un cambio evidente de reglas de juego. Hay plazos para impugnar los padrones que evidentemente no se cumplen. No parece muy prolijo el procedimiento".

Por último, resaltó: "La política de Santa Fe tiene una deuda en reformar muchas de sus instituciones. El camino es la Reforma Constitucional. Y es la política la que debe resolver esto, no la Justicia u organismos que no pertenecen al Poder Judicial".

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